lunes, 27 de febrero de 2012

Personas con discapacidad en el sistema penitenciario español.




Colección Cermi.es (Número 31) del Comité español de representantes de personas con discapacidad.




(Informamos de la existencia de éste estudio, puesto que su reproducción y utilización se encuentran restringidas). Aportamos web de CERMI:


http://www.cermi.es/esES/ColeccionesCermi/Cermi.es/Paginas/Inicio.aspx?TSPage=1


Contamos con el estudio titulado:
DISCAPACIDAD Y DELINCUENCIA. AYUDA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD PSÍQUICA EN EL SISTEMA PENITENCIARIO (Autoras:MARIA LÓPEZ GONZÁLEZ y MERCEDES LÓPEZ GONZÁLEZ).


Fuente: http://psicologiajuridica.org/psj296.html


Y en cuanto a programas de reinserción para personas con discapacidad:




FAMMA (Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física  )pone en marcha PREDIS, Programa de Reinserción Social de Internos con Discapacidad, del que forma parte la Dirección General de Instituciones penitenciarias.


Según Famma, "Predis" surge porque se ha constatado que los internos con discapacidad de las cárceles "se encuentran sin visibilidad real ante las instituciones que les tutelan, internados en centros que no están adaptados y alojados en el módulo de Sanidad".
Esto provoca, dice la federación, que se encuentren en una situación de aislamiento por la falta de accesibilidad de las instalaciones de la prisión, "circunstancia que incide directamente en su reinserción social y laboral, tanto dentro del centro penitenciario como fuera de él".
Con la creación de un módulo polivalente en el CIS de Alcalá, la entidad persigue reinsertar social y laboralmente a todos los presos con discapacidad física y/u orgánica que cumplen condena en la Comunidad de Madrid.
En este módulo convivirán reclusos con discapacidad y presos de apoyo que junto con los profesionales penitenciarios, en coordinación con los servicios y el equipo multidisciplinar de la federación, recibirán formación específica para atender de manera adecuada a estas personas.
Los reclusos que participen en "Predis" tendrán acceso a formación, talleres de oficios, aula digital, programas deportivos y otras actividades destinadas a la efectiva reinserción laboral y social de este colectivo.
Fundación Vodafone colabora económicamente para el desarrollo del proyecto, y en concreto en el curso de Nuevas Tecnologías, intervención enmarcada en el itinerario de inserción laboral.


miércoles, 22 de febrero de 2012

observatorio de la discapacidad

-Página oficial del Observatorio de la discapacidad


Estadísticas

Informe sobre la contratación a personas con discapacidad en España elaborado por el Observatorio Estatal de la Discapacidad. Año 2011

Imagen del gráfico -Evolución interanual de los contratos a personas con discapacidad, por duración de contrato. Años 2008-2011-
El último informe realizado por el Observatorio Estatal de la Discapacidad acerca de la contratación de las personas con discapacidad en España señala que, a lo largo del año 2011, se han realizado un total de 62.084 contratos a personas con discapacidad en nuestro país, lo que supone un incremento de un 1,6%, en relación con 2010. Se convierte así, en la mejor cifra de contratación a este colectivo en los últimos cuatro años.
http://www.observatoriodeladiscapacidad.es/sites/default/files/Informe_contratacion_PCD_Acum_Diciembre_2011_.pdf

jueves, 16 de febrero de 2012

Futuro de la Audiencia Nacional

Audiencia esencial; por Pablo Llarena, Portavoz de APM


El día 16 de febrero de 2012, se ha publicado en el Diario La Razón, un artículo de Pablo Llarena, en el que el autor opina sobre el debate de eliminación de la Audiencia Nacional. Transcribimos íntegramente el texto del artículo.
AUDIENCIA ESENCIAL
Cuando suena un cojinete, siempre hay quien quiere pegarle fuego al coche. Es un tremendismo acrítico muy propio de nuestro país. Resulta evidente que si concentramos importantes responsabilidades en una determinada esfera de decisión, se producirán palmarios desajustes si sus protagonistas no aciertan a desempeñar adecuadamente su cometido. No obstante, eso no puede ser argumento para acabar con el instrumento, sino que lo que impulsa es a velar por su mejor funcionamiento.
La reflexión viene al cabo del debate de eliminación de la Audiencia Nacional. Todo Estado tiene delitos que por su gravedad esencial o por su extensión territorial, sobrepasan el límite de funcionamiento ordinario de los pequeños juzgados. Son delitos que conmocionan a la mayor parte de los ciudadanos y que justifican un reforzamiento de los instrumentos públicos para combatirlos, no sólo dotando de un nivel de protección personal que evite coacciones y que no se justifica -ni puede abordarse- con respecto a todos los jueces del país, sino facilitando instrumentos y profesionales especializados en una manera que resultaría inalcanzable para todos los juzgados de España. El terrorismo, la delincuencia transnacional y de amplia proyección en varias comunidades autónomas o delitos que afectan a la credibilidad financiera de un país como la falsedad de moneda, no pueden ser abordados en los puntos rurales en que puedan coyunturalmente manifestarse, ni pueden ser gestionados con los medios y la protección general que se dispensa a los jueces. La Audiencia Nacional es por ello una organización judicial esencial y lógica, con competencias plenamente adecuadas y alejadas de la excepción; y su subsistencia resulta imprescindible para la protección de los derechos individuales de los españoles, más allá de que, como es lógico, aspiremos a un ejercicio responsable de su cometido.
Fuente: http://www.otrosi.net/article/audiencia-esencial-por-pablo-llarena-portavoz-de-apm

Otra opinión: Magistrados Gómez Bermudez, Grande Marlaska y otros:



«Sería una desgracia para España que la Audiencia Nacional desapareciera». La sombría frase pronunciada ayer por el magistrado Javier Gómez Bermúdez deja entrever el sentimiento que recorre los pasillos del tribunal central ante la «desaparición de ETA».
Es indudable que el final de la organización terrorista reducirá de forma significativa la actividad del órgano judicial, sobre todo en la Sala de lo Penal, pero más aún la pérdida de simbolismo de un tribunal creado ex profeso hace 35 años para juzgar los delitos terroristas.
Gómez Bermúdez hizo esta reflexión a los cinco vocales de la comisión de calificación del Consejo General del Poder Judicial que ayer entrevistaron a los siete aspirantes a presidir la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, cuyo último mandato dirigió este magistrado.
La Sala de lo Penal es un puesto clave en la Audiencia Nacional, ya que presidirá el tribunal que juzga todos los casos de terrorismo y, por lo tanto, tendrá un papel fundamental en la gestión del fin de ETA tras el cese de la violencia. Además, deberá abordar los posibles beneficios penitenciarios para los presos etarras y la aplicación de la doctrina Parot una vez se pronuncie el Tribunal Constitucional.
Gómez-Bermúdez, que pasó a la terna final junto a sus compañeros de la Audiencia Fernando Grande-Marlaska y Teresa Palacios, puso especial énfasis en defender su mandato, con «asuntos tan cruciales» como el establecimiento de la citada doctrina Parot (endurecimiento de los beneficios penitenciarios).
Asimismo, centró su atención en el tratamiento de otros delitos como el enaltecimiento del terrorismo, las injurias al rey o la necesidad de dar un nuevo enfoque a la lucha contra el crimen organizado. Ya lo dijo el presidente de la Audiencia Ángel Juanes cuando tomó posesión del cargo en 2009. «Se trata de un fenómeno de primera magnitud dotado de una fuerte organización en diversos territorios».
Oficina de víctimas
Grande-Marlaska se refirió a ETA también de pasada y sólo para proponer una oficina de víctimas similar a la del Gobierno vasco, pero dotada de «verdadero contenido». Una institución para que los familiares de los fallecidos y heridos conozcan de primera mano el desarrollo de las causas.
La otra magistrada en liza, Teresa Palacios, de la sección cuarta, aseguró que sus propuestas eran «de andar por casa», más relacionadas con el día a día de la sala. Y dejó una frase lapidaria: «Hemos magnificado la Audiencia Nacional».
Dos magistrados que no pasaron el corte, Javier Martínez Lázaro y Juan Pablo González, se refirieron sin ambages a que la «derrota de ETA limita su actividad» y que había que especializarse para combatir el crimen organizado.
Estos magistrados, más Alfonso Guevara y Ángel Hurtado, criticaron el proyecto de Bermúdez para remodelar la actual composición de los tribunales. Éste quiere que se elijan por sorteo entre los dieciocho jueces de la sala y eliminar así la actual composición de las secciones.

Fuente: Diariovasco.com

lunes, 13 de febrero de 2012

Derecho de defensa


-Son derechos fundamentales; por Carlos Carnicer, Presidente Consejo de la Abogacía


El día 10 de febrero de 2012, se ha publicado en el Diario La Razón un artículo de Carlos Carnicer, en el que el autor declara que la sentencia del Supremo publicada ayer reitera que el derecho de defensa es un elemento nuclear del Estado de Derecho y un derecho fundamental del detenido y del imputado y que la intervención de las comunicaciones entre los internos y sus letrados defensores sólo pueden acordarse en casos de terrorismo y previa orden judicial. Transcribimos íntegramente el texto del artículo.
SON DERECHOS FUNDAMENTALES

La sentencia del Supremo publicada ayer reitera que el derecho de defensa es un elemento nuclear del Estado de Derecho y un derecho fundamental del detenido y del imputado y que la intervención de las comunicaciones entre los internos y sus letrados defensores sólo pueden acordarse en casos de terrorismo y previa orden judicial.
En octubre de 2009, fuimos la primera institución en manifestar, cuando se conocieron los hechos que ahora han sido juzgados, la necesidad de respetar el constitucional derecho de defensa y lo hemos reiterado recientemente cuando desde algunos medios de comunicación se atacó indiscriminadamente la honestidad profesional de los abogados. Y en todo momento hemos solicitado del legislador la aprobación de una Ley Orgánica del Derecho de Defensa que evite para siempre problemas como los que hemos vivido y que afectan a la esencia del Estado de Derecho.
El Consejo actuó para defender esta posición hasta que el TSJ de Madrid, primero, y, posteriormente, el Tribunal Supremo, por resoluciones judiciales firmes anularon los efectos y los contenidos de la intervención de las comunicaciones, que ahora ratifica de nuevo el Supremo al señalar la arbitrariedad de una medida que desmantela la configuración del proceso penal como un proceso justo y que supone una laminación de los derechos de los afectados.
No es bueno para la democracia ni para el Estado de Derecho que un juez se siente en el banquillo y sea inhabilitado. No nos alegramos. Ni mucho menos. Pero, como señala la sentencia, los poderes públicos, también el judicial, están sujetos, como cualquier ciudadano, al imperio de la ley. Son derechos fundamentales.

Y en el mismo sentido:


-El Colegio de Abogados de Madrid asegura que la sentencia “refuerza” el estado de derecho

El decano del Colegio de Abogados de Madrid, Antonio Hernández Gil, ha asegurado que la sentencia con la que el Tribunal Supremo ha condenado a Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación contribuye “a definir y reforzar el derecho de defensa como un derecho fundamental de los ciudadanos, pilar del Estado de Derecho”.
Lainformacion.com. 10.02.2012
Hernández Gil critica en un comunicado que “algunos” intenten “poner en entredicho” el respeto institucional que merece la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. El decano asegura, además, que “el respeto al sistema institucional de la Administración de Justicia es absolutamente esencial para la convivencia democrática y la salvaguarda del Estado de Derecho”.
“La sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo puede ser objeto de crítica, desde las perspectivas que cada jurista estime adecuadas, pero no es cuestionable la legitimidad y competencia del órgano que la dicta, ni la honorabilidad de los siete magistrados que han constituido la Sala emitiendo”, señala el comunicado.
Hernández Gil defendió, asimismo, la postura del Colegio de Abogados en la causa contra Garzón. La institución fue criticada por el artífice de la querella contra el juez, el letrado y exfiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Peláez, por no haberse personado como acusación en una causa en la que se examinaba la vulneración de los derechos de los abogados.
“El Colegio consideró que no debía participar en la depuración de las responsabilidades personales de índole penal en que hubiera podido incurrir el magistrado que instruía la causa”, indica el comunicado.
http://www.otrosi.net/article/el-colegio-de-abogados-de-madrid-asegura-que-la-sentencia-%E2%80%9Crefuerza%E2%80%9D-el-estado-de-derecho

-Declaraciones del Decano del ICAM sobre la Sentencia de la Sala 2.ª del Tribunal Supremo de 9 de febrero de 2012

Ante las reacciones generadas en la opinión pública y medios de comunicación sobre la sentencia dictada el día 9 de febrero de 2012, por la Sala 2.ª del Tribunal Supremo en la causa especial seguida contra D. Baltasar Garzón Real por haber ordenado la observación y grabación de las comunicaciones personales de los imputados en situación de prisión preventiva con sus letrados, en las Diligencias Previas 275/2008, que tramitaba como Magistrado Juez titular el Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional, el Decano del Colegio de Abogados de Madrid manifiesta:

1.º) El respeto al sistema institucional de la Administración de Justicia es absolutamente esencial para la convivencia democrática y la salvaguarda del Estado de Derecho. La Sala 2.ª del Tribunal Supremo, máximo órgano jurisdiccional del Estado, es plenamente acreedora de ese respeto institucional que hoy algunos tratan de poner en entredicho, más allá de la crítica legítima a cualquier resolución judicial.

2.º) El Colegio de Abogados de Madrid hizo en su momento lo que entendió más procedente para restablecer el derecho de defensa en el seno del procedimiento donde se había vulnerado, personándose en la causa y presentando recurso de apelación contra las resoluciones que habían dispuesto las escuchas, elevándose a la Sala por Providencia de 17 de febrero de 2010. El derecho quedó restablecido a raíz del Auto de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 25 de marzo de 2010, anulando las resoluciones recurridas. Restablecido el derecho, el Colegio consideró que no debía participar en la depuración de las responsabilidades personales de índole penal en que hubiera podido incurrir el Magistrado que instruía la causa.

3.º) La observación y grabación de todas las comunicaciones personales de los imputados en situación de prisión preventiva con los letrados personados en la causa o cualesquiera otros que mantuvieran entrevistas con ellos, sin entrar en la responsabilidad personal del Magistrado condenado, constituyen objetivamente un gravísimo atentado contra el derecho de defensa, la intimidad de los justiciables y de sus abogados, y otros derechos fundamentales que compromete elementos nucleares en la configuración del proceso penal del Estado de Derecho como un proceso con todas las garantías conforme a la Constitución y a las leyes procesales, interpretadas a la luz del Pacto Internacional de Derechos civiles y Políticos y del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, y siguiendo la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, Comité de Derechos Humanos de la ONU, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo. Así lo refrenda la citada sentencia, contribuyendo a definir y reforzar el derecho de defensa como un derecho fundamental de los ciudadanos, pilar del Estado de Derecho, que entre todos tenemos que salvaguardar.

4.º) La sentencia de la Sala 2.ª del Tribunal Supremo puede ser objeto de crítica, desde las perspectivas que cada jurista estime adecuadas, pero no es cuestionable la legitimidad y competencia del órgano que la dicta, ni la honorabilidad de los siete magistrados que han constituido la Sala emitiendo unánimemente su parecer, ni el cumplimiento en esta sentencia de todos los requisitos procesales exigidos por la ley así como de la obligación de motivación suficiente.

viernes, 3 de febrero de 2012

Corrupción y transparencia

- Corrupción y transparencia

Por Antonio Garrigues Walker 



El día 22 de enero de 2012, se ha publicado en el Diario ABC, un artículo de Antonio Garrigues Walter, en el que el autor declara que España tiene que afrontar todavía muchas e importantes asignaturas pendientes, y entre ellas destaca la ausencia de una “ley de transparencia y acceso público a la información” que está en vigor desde hace tiempo en la práctica totalidad de los países europeos. Transcribimos íntegramente el texto del artículo.
CORRUPCIÓN Y TRANSPARENCIA

Tres ideas básicas sobre uno de los problemas más graves que hoy afronta la Humanidad: La corrupción daña gravemente el crecimiento económico y perjudica de manera especial a las clases menos favorecidas y a los países obres. Es, según el Banco Mundial, “uno mayores obstáculos al avance económico y social”. Esta es, sin duda, la idea clave.
La corrupción no está descendiendo. Aumenta sin cesar, tanto en los países más desarrollados como en los emergentes. El mapa mundial de la corrupción que publica anualmente Transparencia Internacional demuestra gráficamente el dramatismo del problema.
Siempre habrá algún grado de corrupción, pero su dimensión actual podría reducirse sustancialmente, incluso a corto plazo, con medidas relativamente simples y sencillas. Bastaría con superar -y son superables- algunos obstáculos y actitudes perversas en el mundo político y sobre todo las resistencias de grupos financieros.
Una institución pública, el Banco Mundial y una organización privada. Transparencia Internacional, lideran la lucha contra este fenómeno, y en ambos casos su mensaje es muy claro y muy firme: la transparencia no elimina radicalmente la corrupción, pero la vigila y la dificulta grandemente. Hay que lograr, por e todas las instituciones internacionales y nacionales, que todas las comunidades autónomas, todos los ayuntamientos, todas las asociaciones y empresas públicas y privadas, todas las organizaciones sindicales y empresariales y, desde luego, todos los medios de comunicación y todos los partidos políticos ofrezcan la máxima transparencia en cuanto a organización y funcionamiento. Los ciudadanos deben tener, no ya la posibilidad, sino un auténtico derecho a conocer cualquier dato de esas entidades, incluyendo retribuciones y salarios, compras o ventas de bienes y servicios, transacciones significativas, y en general, cualquier información que pueda interesarles, sin otro límite que el que se derive de temas de seguridad o protección justificada de la privacidad.
En este terreno España tiene que afrontar todavía muchas e importantes asignaturas pendientes, y entre ellas destaca la ausencia de una “ley de transparencia y acceso público a la información” que está en vigor desde hace tiempo en la práctica totalidad de los países europeos. Existe, en principio, una voluntad política positiva para implantar esa ley en nuestro país, pero el tema se ha ido demorando sin ninguna justificación clara. Es todo un ejemplo de pereza política irresponsable.
Los partidos políticos, que se han convertido desde hace tiempo en el tercer problema de preocupación nacional, son también en este aspecto una verdadera remora. Gozan magnificando la corrupción de sus adversarios, minimizando o ignorando la propia y culpabilizándose unos a otros, pero el hecho es que han sido incapaces de alcanzar pactos mínimamente eficaces en la lucha contra la corrupción, tanto la externa como la interna, permitiéndose incongruencias como la de incorporar a sus listas electorales a personas procesadas por este delito que además suelen alcanzar resultados positivos al amparo, entre otros factores, del sistema de listas cerradas.
El informe Greco (Grupo de Estados contra la Corrupción) y el informe ENIS (Sistemas Nacionales Europeos de Integridad) ponen de manifiesto la opacidad creciente y cada vez más sofisticada de las cuentas de los partidos políticos españoles y la necesidad de reforzar su democracia interna -entre otras cosas eliminando las listas cerradas y desarrollando el sistema de primarias- no solo para vitalizar y garantizar el dinamismo político y evitar la oligarquización, sino también para promover y facilitar la transparencia y la integridad.
Los partidos políticos españoles tienen que cambiar el “chip”. La condescendencia y la tolerancia tienen su límite. La desafección ciudadana podría alcanzar niveles peligrosos y poner en cuestión el vigor y el sentido del propio sistema democrático. El Partido Popular ha obtenido una amplia mayoría absoluta que le permite actuar con fuerza y con decisión en los grandes temas nacionales, aunque también le obliga -aún más que si no tuviera esa mayoría- a buscar consensos ejerciendo sin cesar el instrumento decisivo del diálogo. Está, en todo caso, en condiciones ideales de promover un pacto serio -es decir no “de boquilla”- con los demás partidos políticos para combatir la lacra de la corrupción, pacto al que podrían incorporarse empresarios, sindicatos y medios de comunicación. En estos momentos de crisis un acontecimiento como este generaría un clima de confianza en el futuro y mejoraría decisivamente la imagen del estamento político, que no es ciertamente un tema menor.
Es incluso posible que este pacto pudiera poner en marcha un proceso auténtico de regeneración ética, tema que siempre aparece en determinados momentos en nuestra historia. Se podría pensar que el momento es favorable para ese proceso. Lo ético parece estar de moda. El número de centros académicos y no académicos dedicados a este tema crece sin cesar, y lo mismo sucede con los ensayos, seminarios y debates sobre el mismo. Pero detrás de tanta palabra no hay nada realmente serio. Es, en efecto, una moda, que acaba defendiendo una ética aparente y formal. Una ética demasiado “light” para poder cambiar actitudes, conductas y hábitos muy arraigados. Necesitamos un tratamiento terapéutico más intenso.
Por causas diversas -secuelas de la borrachera económica, vulgaridad abusiva en los medios, desprecio o menosprecio de valores positivos, sectarismo fanático, generalización de la doble moral, etc.- hemos creado un clima en el que la convivencia se hace cada vez más incómoda porque crecen sin control el pesimismo, la desesperanza y, sobre todo, la indignación ciudadana, un sentimiento que no debe minimizarse porque tiene raíces y fundamentos sólidos y podría alcanzar niveles inquietantes. Hay que ir por otros caminos. En una época de crisis -en la que nadie en el mundo conoce con certeza la solución segura- es necesario reforzar ciertos principios básicos: la solidaridad, la unidad de acción en temas decisivos, la positividad, la energía moral y sin duda el esfuerzo colectivo. Ahí está -y todos sabemos que está- la solución. La creación de un clima psicológico adecuado es más importante que las recetas técnicas.
De esta crisis -que tiene su origen en un proceso de corrupción financiera, aún básicamente impune, en el mundo anglosajón- tenemos que aprender al menos tres cosas: que no se puede gastar más de lo que se tiene; que todas las burbujas explotan; y que sin ética no hay sostenibilidad, no hay futuro. La lucha decidida en favor de la transparencia y en contra de la corrupción -incluyendo la lucha, tantas veces anunciada en falso, contra el fraude fiscal- tiene que ser la clave de esta nueva época. Y el liderazgo puede y debe asumirlo el Gobierno actual. Es el momento y es su momento. Y lo hará.
http://www.otrosi.net/article/corrupci%C3%B3n-y-transparencia-por-antonio-garrigues-walter-jurista